El derecho al honor de las empresas

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El derecho al honor de las empresas

Nuevas sentencias confirman el camino abierto para proteger el derecho al honor de las empresas. En el ámbito de las redes sociales, el reciente reconocimiento al derecho al olvido en Internet y la expansión de los canales de comunicación, no había ningún obstáculo y era evidente que el derecho iba asociado a las personas individuales, pero cada día más también afecta a las empresas. El honor, la reputación y el prestigio de una empresa también pueden ser difamados y, en estos casos, hay recorrido y amparo legal para actuar.

En estos casos son diferentes las respuestas que, ya sea por la vía penal o por la vía civil, pueden  ir orientadas a reparar el daño causado, el lucro cesante o, incluso, el daño moral que pueda acreditarse.

Desde sentencias con casos en que se han despreciado los servicios de una empresa, como una reciente sentencia en la que una empresa, por las divergencias con una facturación con una empresa de telefonía móvil, pudo acreditar haber perdido líneas de crédito con entidades financieras por culpa de la indebida inclusión de su nombre en registros de morosos.

En este sentido, determinadas actuaciones como inclusión en registros de morosos, difamaciones o afirmaciones en foros de Internet que supongan desmerecer los valores de una determinada mercantil, si no se trata de informaciones ciertas y se puede demostrar que sólo buscan actuaciones paralelas como por ejemplo forzar el cobro de  facturas o resolver controversias abiertas, son no sólo perseguibles con acciones judiciales, sino que pueden dar lugar a la correspondiente indemnización y reparación del daño que, hasta ahora y sin duda, se ha otorgado en favor de personas individuales.

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