INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO A TRABAJADORES INTERINOS. DEBIDO A LA SENTENCIA DEL TSJ DE MADRID DE 5/10/2016

Home / Laboral / INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO A TRABAJADORES INTERINOS. DEBIDO A LA SENTENCIA DEL TSJ DE MADRID DE 5/10/2016

INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO A TRABAJADORES INTERINOS. DEBIDO A LA SENTENCIA DEL TSJ DE MADRID DE 5/10/2016

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado la reciente sentencia núm. 613/2016 de 5 de octubre, en la que aplicando la doctrina del Tribunal de Justicia Europea, ha sentenciado que una trabajadora interina del Ministerio de Defensa tiene derecho a percibir una indemnización de veinte días por año trabajado. En definitiva, que tiene derecho a la misma indemnización que percibiría cualquier trabajador con relación laboral indefinida a quien, por causas objetivas sean económicas, técnicas, organizativas o de producción, le quedara extinguido el contrato de trabajo. Por lo tanto, equipara los derechos de los trabajadores temporales como lo son los interinos, a los que tendría un trabajador indefinido.

El Tribunal de Justicia Europea entiende que la legislación española es discriminatoria con los trabajadores temporales. La legislación española no reconoce a los trabajadores temporales una indemnización por extinción de la relación laboral equivalente a la de los trabajadores indefinidos. Para llegar a esta conclusión el Tribunal de Justicia Europea tiene en consideración el Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, subscrito por la Confederación Europea de Sindicatos con las organizaciones empresariales europeas y que fue incorporado a la Directiva 1999/70, y que incluye la indemnización por finalización de contrato.

Ahora mismo esta sentencia abre las puertas a que las personas con contrato de interinidad, puedan cuando éste quede rescindido reclamar percibir indemnización de 20 días por despido.

También abre las puertas al resto de contratos temporales a los que hasta ahora se les abonaba una indemnización de 12 días. Según esta sentencia tienen que quedar equiparados a los mismos derechos que los trabajadores indefinidos en cuanto a la indemnización a percibir.

En realidad, se prevé un alud de reclamaciones ya que todos los trabajadores eventuales despedidos hace menos de un año pueden interponer demanda en reclamación de la diferencia entre los 20 días de indemnización y los 12 días que recibieron.

Ahora habrá que esperar a ver cómo se gestiona el nuevo escenario laboral, así como a las decisiones que acaben tomando los jueces.

Ante cualquier duda lo más recomendable es acudir a un experto para que pueda estudiar el caso y determinar si hay recorrido para reclamar.

Recommended Posts

Leave a Comment


*

xarxesiva-reducido-300x202
Procuradores en Barcelona
Abogados Separaciones Divorcios en Madrid
Abogados Separaciones Divorcios en Sevilla
Abogados en Almería
Abogados separaciones divorcios en Jaén