Derecho civil

Constituye el Derecho Civil todo aquel conjunto de normas que hacen referencia a los intereses particulares o privados, al régimen de familia, las relaciones patrimoniales, la personalidad y la sucesión hereditaria, etc. En definitiva, la regulación de las relaciones más comunes de la convivencia humana.

  • Persona: incapacitación y tutela, filiación paterna y materna.
  • Familia: divorcios, guarda y custodia, pensiones de alimentos y pensiones compensatorias.
  • Sucesiones: testamentos, declaraciones de herederos, aceptaciones de herencias y legítimas.
  • Obligaciones: contratos de arrendamiento, de compraventa, de permuta.
  • Derechos reales: propiedad, usufructo, servidumbres, propiedad horizontal.
  • Responsabilidad Civil: indemnizaciones por accidentes y daños y perjuicios.
  • Malapraxis bancaria: reclamaciones por inversiones en participaciones preferentes, deuda subordinada, permutas financieras (swaps), IRPH y compraventa de acciones.

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