¿Puede modificarse la sentencia de divorcio?

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¿Puede modificarse la sentencia de divorcio?

Sea de mutuo acuerdo o a través de un juicio, al final, de un proceso de divorcio (o, en su caso, las disoluciones de parejas de hecho) acaba saliendo una sentencia que regula las normas básicas en relación a custodia, pensión de alimentos, atribuciones de usos, etc. A diferencia de la mayoría de las sentencias que son inamovibles, si se alteran sustancialmente las circunstancias económicas o personales que existían en el momento de la sentencia, puede instarse la modificación de la sentencia y el contenido de sus medidas.

En este sentido, hay que tener presente que en el momento del divorcio se dieron una serie de factores (edad de los hijos si los había, ingresos de los dos progenitores, escuela en la que se producía la escolarización, gastos habituales, etc.) que es posible que con el paso del tiempo cambien; tanto a peor, como mejor. Si esto es así, las dos partes de mutuo acuerdo o una de ellas instante una modificación contenciosa, pueden solicitar al Juzgado la modificación de la sentencia y/o convenio regulador.

Si la modificación se pretende de mutuo acuerdo, sólo se deberá aportar un nuevo convenio y pedir su homologación judicial para que el nuevo sustituya el anterior. En cambio, si la modificación sólo la pretende una de las partes deberá formular demanda, aportando todas las pruebas que justifiquen la modificación y su pretensión deberá cumplir unos requisitos básicos que ha ido consolidando la jurisprudencia de los Juzgados y Tribunales:

  • Que se produzca una alteración de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su momento para dictar sentencia
  • Que esta modificación o alteración de las circunstancias sea esencial y sustancial.
  • Que esta alteración tenga un cierto grado de permanencia en el tiempo y, por tanto, que no sea una situación coyuntural o transitoria.
  • Que esta modificación no haya sido provocada o buscada voluntariamente a propósito de obtener la modificación de las medidas.

Muchas de las demandas actuales de modificación de medidas orientadas, debido a la situación económica actual, a rebajar las pensiones de alimentos para poderse afrontar el pago. O, algunas, en cambio, aprovechando el cambio normativo que se ha producido, a solicitar regímenes de custodia compartida allí donde había una custodia a favor de unos de los progenitores.

En todo caso, en estos procesos la confluencia de los requisitos fijados jurisprudencialmente y su presentación de forma clara y motivada al proceso judicial, serán la clave del éxito a favor o bien de aquel que pretenda la modificación de las medidas; o, al contrario, a favor de aquel que, con una demanda de modificación interpuesta en su contra, pretenda defender y mantener la vigencia de las medidas adoptadas en su día.

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